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Exportación

Reglas para exportar café a la Unión Europea

América Latina y el Caribe es la principal región exportadora de café, mientras que la Unión Europea es el principal mercado de este popular brebaje. Existen regulaciones generales y específicas para exportar que se aplican por igual a los 28 países miembros de la Unión.

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Publicado por ConnectAmericas

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DESTACADOS

  • América Latina y el Caribe es la principal región productora de café, con el 57% del total mundial
  • Cada ciudadano europeo consume anualmente, en promedio, 4,67 kilos de café

Según cuenta la historia, las primeras plantas de café fueron traídas a América por colonos holandeses que quisieron plantarlas en la actual Surinam. Pero, de acuerdo al sitio web de Proexport Colombia, “los franceses decidieron enviar una mata de café a sus colonias de América (Martinica y Guayana Francesa), con el capitán francés de nombre Gabriel De Clieu, quien pasó innumerables aventuras para llevar viva la planta a su destino. Esta única planta dio origen a los extensos cafetales de América Latina”.

En los trescientos años que separan a aquellos humildes comienzos de la actualidad, la realidad del café en América Latina ha cambiado sustancialmente. Por un lado, ese líquido oscuro, de sabor fuerte, ha pasado de ser una bebida local a ser una infusión de características globales. Y por otro, América Latina y el Caribe (LAC) se han convertido en potencias exportadoras de la materia prima para este brebaje: según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por su sigla en inglés), LAC es la principal región productora de café en el mundo, con una cosecha aproximada de 67 millones de sacos anuales, el 57% del total mundial.

Europa: el principal mercado

Si bien en América Latina se consume una cantidad considerable de café, una enorme porción de lo producido está disponible para la exportación. ¿A dónde? Pues bien, según cifras de la Guía del Café, elaborada por el Centro de Comercio Internacional (CCI), el principal país consumidor de café en el mundo es Estados Unidos, con un 23% del mercado, seguido por Alemania con un 10%. 

La Unión Europea concentra el 44% del consumo de café mundial, convirtiéndose en el principal mercado del mundo

Pero en realidad, el mercado más importante del mundo para el café es la Unión Europea (UE), que tiene reglas unificadas en cuanto a la importación de estos productos (y una vez ingresados pueden circular libremente en los distintos países de la Unión). Además del 10% del consumo acumulado por Alemania, otros países de la UE consumen mucho café: Francia e Italia, por ejemplo, acumulan cada una de ellas el 6% del mercado mundial. En total, la suma del consumo de todos los países de la UE constituye el 44% del mercado mundial de café.

Según cifras de la Organización Internacional del Café, cada ciudadano europeo consume anualmente, en promedio, un total de 4,67 kilos de café. Para satisfacer esa demanda, Europa importa cada año 46,2 millones de sacos de café verde, 0,7 millones de café tostado y 2 millones de café soluble.

Requisitos para exportar a la Unión Europea

Las normas de los 28 países miembros de la Unión Europea (UE) respecto de la importación de productos alimenticios en general, y del café en particular, están en su mayor parte unificadas. Por este motivo, el productor que desea que su grano llegue a los típicos cafés parisinos podrá lograr, sin más dilaciones, que su producto se venda en Roma, en Frankfurt o en Barcelona.

Ahora bien, ¿cuáles son estas normas comunes que deben cumplir los productores de café para ingresar al mercado europeo? 

En primer lugar, el producto debe cumplir los requisitos generales sanitarios y de seguridad de la UE que prohíben comercializar alimentos que no sean seguros para la salud o aptos para el consumo humano. Para ello, el bloque tiene exigentes normas de higiene que deben ser cumplidas en todas las etapas, desde la producción hasta el consumo. Además, las autoridades de la UE tienen diversas potestades de control, y los vendedores deben poder identificar a cada uno de los miembros de la cadena de producción.

Dentro de este conjunto de normas se encuentran algunas muy específicas, tales como aquellas que regulan los plaguicidas que se pueden utilizar en la producción. Por ejemplo, dice el sitio web de la UE, “1 kg de granos de café no puede contener más de 1 mg de carbofurano para poder entrar en el mercado de la UE”.

En segundo lugar, el café vendido en la Unión Europea debe seguir ciertas pautas de etiquetado. Es decir que en el envase de venta al público deben aparecer los siguientes datos:

  • La denominación de venta del producto. Según explica el sitio web de la UE, “A falta de disposiciones nacionales o de la UE aplicables, la denominación será una denominación habitual o la descripción del producto alimenticio. La denominación genérica no puede substituirse por una marca registrada, un nombre comercial o una denominación de fantasía, pero estas pueden emplearse juntamente con la denominación genérica”.
  • La lista de ingredientes, incluyendo los aditivos, a menos que la misma denominación del producto haga evidente de qué se trata. En caso de que haya sustancias que puedan causar reacciones alérgicas o intolerancias, deberá indicarse claramente su presencia.
  • La cantidad neta de productos alimenticios pre-envasados.
  • La fecha de vencimiento.
  • El nombre o la razón social y la dirección del fabricante o del envasador, o de un vendedor establecido dentro de la UE.
  • El lugar de origen o de procedencia en los casos en que su omisión pudiera inducir a un error para al consumidor.
  • Indicaciones de conservación o de uso.
  • La indicación del lote.

Por último, existen ciertas normas específicas que regulan el etiquetado de las distintas variantes del café (extracto de café, café soluble, café instantáneo, café descafeinado, etcétera). Por ejemplo, el sitio web de la UE explica que “El término ‘concentrado’ sólo puede aparecer en el etiquetado si el contenido de materia seca procedente del café es superior al 25 % en peso, mientras que el término "descafeinado" debe aparecer si el contenido de cafeína anhidra no es superior en peso al 0,3 % de la materia seca procedente del café. Esta información debe figurar en el mismo campo visual que la denominación de venta”.

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