Muchas veces ocurre que las ganas de emprender un negocio se debilitan al enfrentar requerimientos confusos. La desinformación puede llevar a tomar iniciativas que se alejan del marco previo conceptual que debería circundar el momento de conformarse una empresa. Para no tener que enfrentarse a arrepentimientos o problemas que traen las decisiones no planificadas, a continuación se presentan los pasos que se deben seguir al momento de establecer un negocio en Colombia (se aclara que pueden existir variables y que estos procedimientos pueden cambiar dependiendo de las ciudad donde se cree la Pyme).
PYMES
Cómo comenzar un negocio en Colombia
Conoce los pasos que se deben seguir al momento de establecer un negocio en Colombia.

Especificación
Lo primero que se debe tener claro es qué tipo de empresa se desea constituir, posterior a esto, se debe dar inicio a los trámites ante las diferentes entidades.
- Se debe verificar la disponibilidad del nombre.
- Diligenciar el formulario de registro y matricula.
- Diligenciar el anexo de solicitud del Número de Identificación Tributaria (NIT) ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
- Pagar el valor de Registro y Matricula.(La consulta de disponibilidad de nombre puede realizarse a través de las páginas de Internet www.ccb.org.co y www.sic.gov.co respectivamente).
Notaría
Se debe realizar una escritura pública: La constitución de la minuta de la sociedad se debe realizar ante una notaría, la cual expide tres copias de la escritura y la primera de ellas con destino al registro de la Cámara de Comercio de la ciudad del domicilio de la sociedad que se crea.
Ante la DIAN:
- Inscribir el RUT (Registro Único Tributario).
- Obtención del NIT (Número de Identificación Tributaria).
Ante la Secretaria de Hacienda de la Alcaldía:
- Registro de Industria y Comercio.
- Registro de Uso del Suelo, Condiciones Sanitarias y de Seguridad.
Marco Jurídico:
- Código de Comercio Colombiano, Libro Segundo, artículo 98 y subsiguientes.
- Ley 80 de 1993, artículo 7 Parágrafo 3°.
- Ley 222 de 1995.
- Ley 1014 del 26 de enero 2006.
- Decreto 4463 del 15 de diciembre de 2006.
- Estatuto Tributario artículo 79.
KEYWORDS
Follow Us